La salud y la alimentación son un Derecho Constitucional en la Argentina, no una dádiva. En 1948, en la Declaración Universal de Derechos Humanos se afirmó que «toda persona tiene derecho a la alimentación» y, en 1966, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se sostuvo que «el derecho a la alimentación tiene incluso el carácter derecho fundamental. Es el primer derecho económico de la persona humana». El alimento es una sustancia que, ingerida, aporta al organismo la energía necesaria para el desarrollo de sus procesos biológicos y, la alimentación, como afirmó la FAO y la OMS, debe ser suficiente, inocua y sana. Sin embargo, poco de ello ocurre en la Argentina. Hay pobres e indigentes y, si hay indigentes, hay hambre, porque estos son quienes no tienen al acceso suficiente a la alimentación que, además, en muchos casos suele ser de baja calidad. Postergar la alimentación de los sectores más vulnerables, hasta que algún día improbable el presupuesto se encuentre equilibrado, es un delito deleznable que ignora los efectos mórbidos y letales del hambre y la desnutrición. Incorporar como una cláusula de ajuste al hambre, es indigno y ruin. La alimentación debiera estar accesible en el hogar de todo el grupo familiar, ya que si bien, la alimentación que se recibe fuera de aquel, contribuye a mejorar la nutrición de los niños y adolescentes en situación de pobreza, marginalidad e indigencia; el alimento en el hogar, amén de satisfacer los requerimientos nutricionales, reúne a todos los integrantes de la familia alrededor de la mesa y, promueve el diálogo y el fortalecimiento del núcleo familiar. La comida en el hogar no se sustituye con comedores, aunque estos sean -en muchos casos- quienes están proveyendo la alimentación de sostén. En el 2000, en la “Declaración del Milenio” de la Asamblea General de la ONU1 se expresó, entre otras cosas: «Nosotros, jefes de Estado y de Gobierno, no escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres y niños, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema y decidimos, asimismo, reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de habitantes del planeta que padezcan hambre». Llegó el 2015 y los gobiernos de Argentina no cumplieron y, por el contrario, se aumentó la pobreza. En la década del 70 la pobreza era del 5,7% y a mayo de 2023 es del 46%. Es falso que la Argentina produzca alimentos para 400 millones de personas. Terminemos con esta errónea afirmación, la mayoría de la producción nacional exportable «no se destina al consumo humano directo, ni la soja ni el maíz, se usan para alimentar animales» (Vilella Fernando; director de Agronegocios, Facultad de Agronomía, UBA, 25/11/2019); no obstante, con la producción nacional, según Cispan y Fragan «queda en la Argentina alimento suficiente para cubrir las necesidades calóricas para alimentar alrededor de 60 millones de habitantes» (Martín Slipczuk, 25/11/2019). Es decir, los gobernantes no pueden justificar 5.900.000 niños y adolescentes pobres, de los cuales 1.300.000 son indigentes menores de hasta 14 años (Infobae, INDEC, 31/3/2023) que representan el 34,1% de la indigencia total; además, de que las Autoridades no administran adecuadamente otros alimentos que son del Estado Nacional o de las Provincias del litoral marítimo, como es el caso de los recursos pesqueros. Todo ello, pese, a que el 59,3% de los niños y adolescentes reciben alimentos en forma gratuita del Estado, aunque, mayoritariamente harinas y no alimentos proteicos. Con una información similar al INDEC, el Barómetro de la Deuda Social de la Infancia de la UCA, indica que 6 de cada 10 niños y adolescentes menores de 17 años son pobres, es decir que, promediando con los indigentes, el 74,7% de éstos «no acceden total o parcialmente a la alimentación, educación y salud básica y, por su parte, los indigentes, no alcanzan a ingerir la cantidad mínima de alimentos para cubrir los requerimientos energéticos diarios» (Gabriel Matera, Ámbito, 15/5/2023). La capacidad física e intelectual de millones de menores está en grave peligro. Deberían estar avergonzados los funcionarios de un país productor de alimentos, dando una muestra acabada de su incapacidad para administrar la producción de alimentos y distribuirla. Lo que suelen llamar “pobreza estructural” no es otra cosa que falta de ideas y administración adecuada para resolver esta indignidad, que ya superó dos generaciones de argentinos. Es una obligación impostergable del Estado Argentino, y de sus dirigentes con mayores posibilidades, en una acción organizada de solidaridad ejemplar, eliminar definitivamente este flagelo que denigra, desnutre, enferma y mata a una parte importante de su población, Gravísima cuando se trata de niños que no alcanzarán su madurez intelectual. ¿Qué debería hacer el Estado para terminar con la indigencia de niños y adolescentes?, además de optimizar la producción e industrialización de alimentos; mejorar los planes y dar a las tarjetas alimentarias una acción generadora de empleo y nutrición y, no solo de acceso a los alimentos de baja calidad. El Estado tiene recursos alimentarios propios, como son los pesqueros. La pesca constituye para la humanidad una fuente importante de proteínas, cuya calidad es solo comparable con la leche materna. Además, es una de las actividades de mayor ocupación de mano de obra intensiva. Una generadora de empleo en regiones inhóspitas del país que, de otro modo, sus poblaciones emigrarían hacia los grandes centros urbanos. Como muy pocas actividades, requiere de gran cantidad de operarias, que realizan tareas de supervisión, fileteado, emprolijado y empaque, donde suelen ser más eficientes que los hombres. ¿Cuántas toneladas de pescado se necesitarían para proveerle una ración diaria de la mejor proteína a seis millones de niños y adolescentes para terminar con la pobreza infantil? 600 mil toneladas de pescado/año, para proveer productos empanados, termoestabilizados, liofilizados, etc. El Estado argentino puede hacerse de las referidas 600 mil toneladas de pescado si acuerda condiciones equitativas con los Estados de pabellón de los buques españoles, chinos, coreanos y taiwaneses que explotan en alta mar nuestros recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina; se otorgan exenciones impositivas al gasoil, a la captura, aduaneros y otros beneficios de explotación a todas las empresas nacionales que pesquen en alta mar; se deja de descartar (Art. 21 m Ley 24.922) al mar el 30% de las capturas, estableciendo un precio sostén y, se lleva progresivamente a la Acuicultura en la Argentina a niveles compatibles con la producción mundial. Accesoriamente a ello, se cuadruplicaría el empleo registrado en la actividad pesquera y la acuicultura. La soberanía alimentaria permitirá, mediante la administración adecuada del Atlántico Sudoccidental, recuperar la soberanía marítima y política de la Argentina, donde en las últimas décadas entre 350 y 500 buques extranjeros pescan ilegalmente (INDNR) en alta mar todos los años los recursos pesqueros migratorios originarios de la ZEE Argentina y, lo hacen en forma ilegal, porque pese a ser la pesca libre en esa zona, los Estados de pabellón a los que pertenecen esos buques no los controlan; no hacen investigaciones para determinar las capturas máximas sostenibles y, afectando el interés de terceros Estados, no hacen acuerdos pesqueros con los Estados ribereños (Argentina, Brasil y Uruguay). No puede perderse de vista que la administración del recurso tiene efectos laborales y sociales que superan los daños que cualquier empresa de riesgo pueda asumir; ya que el pesquero se trata de un recurso de propiedad del Estado, que debe cumplir un fin social, sanitario, poblacional, industrial y estratégico, más allá de los efectos económicos que genere. Al respecto de su administración pesquera y su sustentabilidad, José Juste Ruiz considera que el desarrollo persigue tres objetivos esenciales: «a) el objetivo económico que consiste en buscar la eficiencia en la utilización de los recursos y el crecimiento cuantitativo; b) el objetivo social y cultural que promueve la limitación de la pobreza, el mantenimiento de los diversos sistemas sociales y culturales, y la equidad social; y c) el objetivo ecológico ocupado de la preservación a perpetuidad de los recursos naturales que sirven de soporte a la vida de los seres humanos». |