Soberanía | 19 ene 2026
Las mentiras de los Tratados de Madrid I y II, y la traición de nuestros dirigentes
“La desmalvinización fue el silencio que preparó la rendición jurídica.”
Luis Gotte
Los Tratados de Madrid I (1989) y Madrid II (1990), firmados entre la Argentina y el Reino Unido durante el gobierno liberal de Carlos Menem, constituyen uno de los pilares menos debatidos -pero más decisivos- de la posguerra de Malvinas. No fueron acuerdos inocuos ni meramente administrativos: representaron la institucionalización de la derrota y el silenciamiento deliberado de la soberanía.
El proceso de desmalvinización, iniciado durante el gobierno de Raúl Alfonsín, fue el terreno fértil que hizo posible estos acuerdos. Primero se invisibilizó Malvinas en el debate público; luego se firmaron instrumentos jurídicos que congelaron el reclamo. Lo que no se nombra, se diluye. Y lo que se diluye, se entrega.
Presentados ante la sociedad como una “normalización de relaciones”, los Tratados de Madrid -QUE NO TUVO UN DEBATE SERIO EN EL CONGRESO DE LA NACIÓN- fueron en realidad instrumentos de limitación soberana, diseñados para consolidar los efectos estratégicos de la derrota militar de 1982 sin necesidad de un tratado de paz formal.
- ¿Qué son los Tratados de Madrid?
Formalmente, no constituyen tratados de paz ni implican el reconocimiento explícito de la soberanía británica sobre las Islas Malvinas. Sin embargo, establecen un conjunto de compromisos políticos, militares y operativos que condicionan severamente el accionar del Estado argentino en el Atlántico Sur.
El núcleo de estos acuerdos es la llamada “fórmula del paraguas”, mediante la cual ambas partes acuerdan dejar en suspenso la discusión de soberanía. Pero esa suspensión no es neutral: habilita una cooperación práctica que beneficia de manera asimétrica al ocupante colonial, mientras limita al país reclamante.
- Limitaciones que imponen a la Argentina
Los tratados introducen restricciones concretas y de alto impacto estratégico:
a) Autolimitación militar: Argentina se compromete a no adoptar medidas que puedan ser interpretadas como una amenaza militar en el Atlántico Sur, lo que en la práctica bloquea la modernización defensiva en una región clave.
b) Normalización sin reciprocidad: mientras el Reino Unido consolida su base militar en Mount Pleasant - hoy una de las más sofisticadas del hemisferio sur-, Argentina acepta un marco de “confianza” que no se traduce en desmilitarización británica.
c) Condicionamiento diplomático: cualquier acción argentina es evaluada bajo el prisma de estos acuerdos, incluso cuando el Reino Unido los viola sistemáticamente.
d) Efecto inhibidor interno: los tratados operan como un corsé mental y jurídico para las propias élites argentinas, que los invocan como excusa para no desarrollar políticas soberanas.
- Perjuicios estratégicos y geopolíticos
Las consecuencias han sido profundas y duraderas:
a) Consolidación del enclave colonial: los acuerdos permitieron al Reino Unido transformar Malvinas en una plataforma militar, logística y de proyección antártica.
b) Pérdida de control económico: facilitaron la explotación unilateral de recursos pesqueros e hidrocarburíferos en áreas disputadas.
c) Desplazamiento del conflicto: Malvinas dejó de ser un problema colonial activo para convertirse en un “tema diplomático administrado”, desmovilizando a la sociedad argentina.
d) Dependencia cognitiva: se instaló la idea de que cualquier política soberana constituye una “provocación”, mientras la ocupación británica se naturaliza.
- ¿Cómo se pueden denunciar los Tratados de Madrid?
Desde el punto de vista del derecho internacional, Argentina puede denunciar o dejar sin efecto estos acuerdos mediante:
a) Denuncia unilateral, amparada en:
* el cambio sustancial de circunstancias (rebus sic stantibus);
* el incumplimiento sistemático del Reino Unido, especialmente la militarización de las islas;
* la afectación grave del interés nacional.
b) Revisión legislativa, mediante una declaración del Congreso que determine que los acuerdos lesionan la soberanía.
c) Reencuadre diplomático, comunicando que los tratados dejan de ser el marco válido de conducta, sin abandonar la vía pacífica ni el reclamo soberano.
- ¿Qué significa “dejar de obedecerlos”?
No implica guerra ni ruptura automática de relaciones. Implica:
* Recuperar libertad de acción defensiva en el Atlántico Sur.
* Reformular alianzas tecnológicas y militares sin autocensura.
* Desacoplar la política de defensa del corsé impuesto en 1990.
* Reinstalar Malvinas como problema colonial vigente, no como tema congelado.
6. Impactos de una ruptura estratégica
* Reequilibrio del tablero regional.
* Reactivación del reclamo soberano con credibilidad.
* Respuesta británica previsible: presión diplomática, mediática y cognitiva.
* Intensificación de la guerra de percepción, donde la batalla principal será cultural y política, no militar.
CONCLUSIÓN
Los Tratados de Madrid no fueron un gesto de paz, sino una administración jurídica de la derrota, internalizada por la dirigencia argentina como sentido común tras un proceso deliberado de desmalvinización. Romper con esa lógica no es un acto temerario: es un acto de madurez estratégica. Ningún país puede aspirar a soberanía real mientras acepta límites impuestos en un contexto de debilidad extrema y sostenida por una guerra cognitiva permanente.
Luis Gotte
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