viernes 06 de marzo de 2026 - Edición Nº2648

Soberanía | 6 mar 2026

El extraño caso Malvinas


Por:
Guillermo J. Villegas

En 1982 me comprometí personalmente con la causa de las Malvinas. En aquel momento me ofrecí como voluntario civil para viajar a las islas. No lo hice con la intención de combatir ni de matar a nadie, sino con la idea de organizar una forma de resistencia civil que evitara que la bandera argentina volviera a ser arriada. Finalmente eso no ocurrió porque nunca fui convocado.

 

A partir de entonces sentí que había contraído una deuda moral con quienes hoy se conoce coloquialmente como “los pibes de Malvinas”: jóvenes inexpertos que fueron enviados a enfrentar a tropas de elite británicas, apoyadas por Estados Unidos, la OTAN, Europa e incluso Chile. Todo ello se presentó ante el mundo bajo el argumento de la legítima defensa. Sin embargo, desde mi perspectiva, se trató de una reusurpación planificada cuyo verdadero objetivo era consolidar un enclave militar estratégico.

 

Ese enclave permitiría reforzar, en tiempos de paz, la llamada “Diplomacia de las Cañoneras”, y en tiempos de guerra otorgar ventajas militares y geopolíticas, además del usufructo de recursos naturales cuya explotación resulta, desde la perspectiva argentina, ilegítima.

 

Con ese marco, comencé a investigar la cuestión Malvinas de manera privada. Pude hacerlo aprovechando mis conocimientos en Relaciones Internacionales, en Ciencia y Tecnología, y también mi posterior ejercicio profesional en el campo de las controversias penales.

 

Entre 2011 y 2012 logré localizar, a través de Google Books, varias obras digitalizadas provenientes de acuerdos con universidades británicas y norteamericanas. Esos materiales se encuentran citados en una recopilación que elaboré bajo el título “El extraño caso Malvinas” (2025), la cual también reúne contenidos publicados en 2013 en el blog malvinas-falklands.blogspot.com.

 

Lo que me interesa dar a conocer son algunos de los hallazgos principales de esa investigación. De confirmarse plenamente su autenticidad, estos documentos podrían contribuir a esclarecer la cuestión Malvinas conforme a derecho, justicia y verdad, sin que deba derramarse una sola gota de sangre de combatientes inocentes.

 

Documentos relevantes

 

  1. El oficio de James Madison (1808)

 

El primer documento es un oficio fechado el 5 de marzo de 1808, vinculado al caso “Chesapeake-Leopard” ocurrido el 22 de junio de 1807. En ese texto, el entonces secretario de Estado de los Estados Unidos, James Madison, se dirige al representante británico George H. Rose.

 

En su escrito, Madison reconstruye antecedentes del derecho internacional aplicables a hechos de agresión en tiempos de paz, tanto con causa justa como injusta. Para ello menciona diversos casos históricos, entre ellos:

  • el conflicto entre Francia y Cerdeña,
  • el caso de las Turk’s Islands (1764),
  • el conflicto por Puerto Egmont en Malvinas (1770),
  • y el caso de Nootka Sound (1789).

 

En ese documento, Madison sostiene que después de 1774 las islas Malvinas quedaron completamente en manos de España.

 

Estos antecedentes fueron publicados tanto en documentos oficiales como privados. En Gran Bretaña se editaron por el Parlamento en 1810, y en Estados Unidos por el Congreso en 1832, mientras el representante norteamericano Baylies sostenía argumentos históricos y jurídicos considerados extravagantes.

 

Posteriormente, figuras como Andrew Jackson, Edward Livingston, Grover Cleveland y Thomas Bayard desconocieron estos antecedentes y promovieron la idea de que las islas siempre habían permanecido bajo dominio británico.

 

La importancia del documento también radica en que en esas discusiones participó James Monroe, quien luego reconocería la soberanía argentina en 1822. Cuando formuló posteriormente la conocida Doctrina Monroe, lo hizo sabiendo que las Malvinas habían sido españolas y no británicas.

 

Además, durante el incidente del Chesapeake-Leopard el secretario de Asuntos Exteriores británico era George Canning, el mismo funcionario que en 1823 reconocería la soberanía argentina y con quien se firmó el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación de 1825.

 

  1. Reglas y Regulaciones del Servicio Colonial (1843)

 

El segundo documento corresponde a “Rules and Regulations, Her Majesty's Colonial Service”, publicado en Londres en octubre de 1843.

 

Tras avanzar en su estrategia para neutralizar el reclamo argentino, el secretario de Colonias Lord Stanley supervisó la redacción de estas reglas que, por primera vez, incluían a las Falkland Islands dentro del sistema colonial británico.

 

En ese listado, las islas aparecen como adquiridas por “Settlement” (asentamiento) en 1841.

 

Sin embargo, el propio Lord Stanley había aconsejado en 1842 al secretario de Asuntos Exteriores Lord Aberdeen insistir con otro argumento: que las islas habían sido cedidas por acuerdo con España.

 

Esto revela un doble discurso diplomático: ante algunos interlocutores se sostenía una versión y ante otros una diferente. Mientras ante Argentina y Estados Unidos se hablaba de cesión, ante el Parlamento se mencionaba la adquisición por asentamiento.

 

Décadas más tarde, la Secretaría de Colonias modificaría nuevamente la fecha de adquisición y pasaría a sostener que había ocurrido en 1765.

 

  1. Informe del Consejo Privado (1849)

 

El tercer documento es un informe del Consejo Privado británico fechado el 1° de mayo de 1849.

 

Su origen está vinculado a un conflicto en Australia: el distrito de Port Phillip buscaba separarse de New South Wales. La reina Victoria ordenó entonces estudiar la cuestión, para lo cual se convocó a la prestigiosa Junta de Comercio y Plantaciones, junto con otros especialistas.

 

Entre ellos se encontraba Sir James Stephen, ex subsecretario permanente de la Secretaría de Colonias durante la etapa en que se organizaron las instituciones coloniales de Malvinas en 1843. También participó el jurista Edward Ryan, quien luego actuaría como juez en conflictos relacionados con las islas.

 

El informe concluyó que las Malvinas habían sido adquiridas por ocupación de colonos durante el siglo XIX, bajo el sistema de ocupación de tierras consideradas vacantes.

 

El documento fue aprobado por orden del Consejo con presencia de la reina el 1 de mayo de 1849. Entre los miembros del Consejo se encontraban:

  • Lord John Russell, primer ministro
  • Lord Palmerston, secretario de Asuntos Exteriores
  • Earl Grey, secretario de Colonias

 

El informe fue presentado y publicado por el Parlamento británico el 25 de mayo de 1849.

 

Esta interpretación explica, por ejemplo, que Lord Palmerston afirmara en el Parlamento ese mismo año que las islas habían estado desocupadas durante unos diez o doce años antes de que el gobierno británico tomara posesión y estableciera allí una colonia.

 

También ayuda a entender por qué, en el discurso sobre política colonial pronunciado por Lord Russell el 8 de febrero de 1850, las Malvinas no aparecen entre las posesiones adquiridas por Gran Bretaña entre 1600 y 1815.

 

El propio Earl Grey publicó este informe como anexo en su obra “Colonial Policy of Lord John Russell's Administration” (1853). Llama la atención que, pese a su relevancia, la reedición de esta obra realizada por la Universidad de Cambridge en 2010 apenas aparece citada en la mayoría de las cronologías jurídicas sobre la cuestión Malvinas.

 

Implicancias

 

De confirmarse la autenticidad y relevancia de estos documentos, podría sostenerse que el argumento de la autodeterminación de los kelpers sería el resultado de una construcción política y jurídica posterior a 1841, pensada para diluir con el paso del tiempo el reclamo argentino.

 

Existen además otras cuestiones discutibles en la interpretación histórica del conflicto. Por ejemplo:

  • ignorar que la toma de posesión argentina de 1820 ocurrió en el contexto de guerra con España;
  • sostener que debía notificarse de ese acto a la misma potencia colonial que había sido derrotada en 1806 y 1807;
  • o afirmar que quien evita el diálogo diplomático puede tener mejor derecho que quien mantuvo presencia pacífica durante décadas.

 

También resulta llamativo que Lord Palmerston, quien impulsó la expulsión de las autoridades argentinas en 1833, haya sido al mismo tiempo quien presentó ante el Parlamento los antecedentes para la colonización posterior de las islas.

 

Una investigación abierta

 

El material reunido en “El extraño caso Malvinas” constituye todavía un borrador de trabajo. Sin embargo, contiene información documental que merece ser investigada con mayor profundidad y no debería ser ignorada.

 

Para concluir, y parafraseando a Aristóteles, podría decirse que podemos ser amigos de Gran Bretaña y de Estados Unidos, pero es aún mejor ser amigos de la verdad. Frente a potencias que históricamente han recurrido con facilidad al uso de la fuerza, decir la verdad puede contribuir a preservar vidas y asegurar la paz.

 

Guillermo J. Villegas
Ex voluntario civil no convocado (Conflicto Malvinas, 1982)
Abogado (UBA)
Historiador local
Investigador privado no rentado de la cuestión Malvinas
Ex funcionario de RR.II en la ex Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Nación

 

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